Receta
1.- Original de la receta médica debidamente conformada, firmada y sellada.
Acceso de excepciòn a medicamentos no registrados
La ANMAT tiene bajo su competencia una gran cantidad de actividades relacionadas con la salud humana. Ello provoca que, diariamente, centenares de personas -profesionales y consumidores- se acerquen hasta nuestras oficinas o consulten por diferentes vías para cumplimentar diversos trámites. Nuestra responsabilidad principal es dar respuesta a estas solicitudes en tiempo y forma, a fin de que la gente no se vea obligada a desperdiciar tiempo y esfuerzos adicionales. Pero de allí deriva otra obligación adicional que no podemos eludir: la de informar debidamente acerca de cuál es la forma adecuada de llevar a cabo dichas tramitaciones, sobre todo aquellas en las cuales la salud está en riesgo y toda demora puede acarrear perjuicios de imposible o muy difícil reparación.
3.- Declaración Jurada firmada por el médico tratante. La validez de la Declaración Jurada será de 45 (cuarenta y cinco) días corridos a partir de la fecha consignada por el médico tratante.
5.- Prospecto del medicamento con el cual se comercializa en el país de origen. En caso de productos en fase de investigación clínica, toda la información científica utilizada para justificar la indicación en ese paciente en particular. La suficiencia de tal información será evaluada por la ANMAT que, en el caso de considerarlo necesario podrá solicitar ampliación de la misma o rechazar la solicitud por inconsistencia de la información presentada.
6.- Curriculum vitae del médico interviniente debidamente firmado.
7.- En el caso de que la aplicación del medicamento requiera ser efectuada en un establecimiento asistencial, debe adjuntar el formulario de Conformidad de la Institución Sanitaria.
8.- Declaración de Conflicto de Intereses firmada por el médico tratante.
9.- Luego de la primera autorización, con cada nuevo ingreso deberá adjuntar la factura de origen donde figure lote y vencimiento del medicamento importado de la solicitud inmediata anterior y retiro de Aduana.